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Restricciones de camiones por el feriado en autopistas y rutas nacionales

La circulación de camiones de más de 3.500 kilos en rutas nacionales y los accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires permanecerá restringida hoy desde las 18 a las 21 debido al feriado puente por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, según dispuso el Ministerio de Transporte, a través de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).

Según precisaron las fuentes viales, el objetivo de la medida es facilitar el desplazamiento vehicular y de turistas por el fin de semana largo y prevenir los siniestros de tránsito.

La restricción de vehículos pesados en sentido descendente permanecerá hoy desde las 18 a 20.59 y abarcarán los accesos a la Capital Federal como las autopistas del AMBA, Riccheri, Ezeiza-Cañuelas, del Oeste, Buenos Aires-La Plata, Panamericana y las principales rutas y autopistas nacionales.

Para ello, las autoridades viales reforzaran los controles en distintos puntos del país y recomiendan a los conductores planificar anticipadamente el viaje, circular a velocidad precautoria, llevar siempre las luces bajas encendidas, la VTV y el seguro obligatorio al día; como así también transportar a los chicos en sus sillas correspondiente de acuerdo a su edad y peso.

Asimismo, la ANSV informó que quedan exceptuados de la medida los transportes de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados, transporte con animales vivos, productos frutihortícolas en tránsito, vehículos cisterna de traslado de combustibles, gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.

También están exentos los transportes exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales con así también las unidades de atención de emergencias; de asistencia de vehículos averiados o accidentados en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.

Al igual que el transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliarias; en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.

Además, los transporte de medicinas, disposición final de residuos sólidos urbanos, los que deban circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial, los de transporte de sebo, huesos y cueros.

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