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Economía

Aprueban asistencia para empresas de la cadena de gas en garrafas por $1.007,6 millones

La Secretaría de Energía dispuso la transferencia de $ 1.007,6 millones a un conjunto de empresas que forman parte de la cadena del Gas Licuado de Petróleo (GLP), con el propósito de asegurar el suministro de garrafas en hogares de bajos recursos en el marco del Programa Hogar.

Las resoluciones 743/2022, 744/2022 y 745/2022, publicadas hoy en el Boletín Oficial, disponen la erogación de $ 323.270.348,16; $ 450.897.819,57 y $ 233.405.472,49 (un total de $ 1.007.573.640,22), en 59 asistencias a distribuidoras y 10 a fraccionadoras.

El monto de la primera resolución se repartió entre 39 distribuidoras, nueve productoras y cinco fraccionadoras, en la segunda medida se detallaron las asistencias a 46 distribuidoras, tres productoras y ocho fraccionadoras, en tanto en la tercera las asignaciones fueron 42, dos y cuatro, respectivamente.

El Programa Hogar fue creado mediante el decreto 470 del 30 de marzo de 2015, y su financiamiento se estableció a través del fondo fiduciario para atender las necesidades de GLP de sectores de bajos recursos y para la expansión de redes de gas natural.

El 19 de abril, Energía había extendido hasta fin de año la «asistencia económica transitoria» que se otorga a las empresas de la cadena de gas en garrafas, a través de la resolución 271/2022.

Esa asistencia, dirigida a las empresas registradas en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo y dispuesta en agosto del año pasado, tiene como objetivo solventar los precios máximos de referencia del Programa que no poseen modificaciones desde junio de 2021, y la «variación experimentada en los valores y costos asociados en la cadena de comercialización del GLP».

Asimismo, cuando el destino sea otro del de venta a distribuidores de envases de hasta 45 kilos, pasará a ser un porcentaje en vez de una suma fija; por lo cual la asistencia económica transitoria seguirá siendo el equivalente al 20% de la facturación en concepto de venta de GLP (neto de impuestos) que facturen mensualmente las empresas.

En cuanto al aporte cuando el destino fuese otro del de venta a distribuidores en envases de hasta 45 kilos, la modificación establece que «las empresas fraccionadoras podrán solicitar un reconocimiento del 20% del precio máximo de referencia vigente de venta de fraccionadores a distribuidores por cada tonelada facturada».

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