Connect with us

Hi, what are you looking for?

información general

Se atrasa la prisión domiciliaria de La Toretto: los motivos

La prisión domiciliaria de Felicitas “Toretto” Alvite, la joven acusada de atropellar y matar al motociclista Walter Armand, está atrasada debido a que se espera un nuevo fallo, confirmó el abogado Flavio Gliemmo en diálogo con la Agencia Noticias Argentinas.

El 30 de diciembre del año pasado, en vísperas de Año Nuevo, la Sala Tercera de la Cámara de Apelación y Garantías en lo del Departamento Judicial La Plata autorizó a que Alvites cumpla el proceso penal en su domicilio.

En el escrito presentado por el equipo de abogados, se denunció que hubo “arbitrariedad” para “rechazar la morigeración de la prisión preventiva sin que exista una sola constancia en el expediente que permita determinar la existencia de peligros procesales”.

A dos semanas de dicha resolución, el defensor de la joven informó a este medio que todavía no se llevó a cabo su salida ya que Casación ordenó que la Sala 3 dicte un nuevo fallo conforme a pautas establecidas.

“La prisión domiciliaria está confirmada, solo falta que se dicte una nueva resolución”, señaló Gliemmo.

De esta manera, la salida de Alvite de la Alcaidía de Melchor Romero todavía no tiene fecha estipulada y la “tranquilidad” de saber que puede estar en su casa todavía es un sueño.

Por el momento las autoridades judiciales no anunciaron cuándo comenzará el juicio oral, el cual Alvite llega imputada por el delito de homicidio simple con dolo eventual.

Se espera que junto a Felicitas también vaya a juicio su amiga Valentina Velázquez. La Justicia la acusa de correr picadas junto con la homicida el 12 de abril de 2024 cuando murió Armand.

«Elevar la presente causa a juicio en los términos del art. 337 del C.P.P, en relación a Felicitas Alvite por el delito de homicidio simple (con dolo eventual) -Hecho I- y Valentina Velázquez en orden al delito de participación en prueba de velocidad o destreza con un vehículo automotor -Hecho II-, previstos en el art. 79 y 193 bis del Código Penal, respectivamente», señala el fallo.

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Quizás te interese

Espectáculos

Año con año, Netflix define sus títulos prioritarios, a los que mima con grandes estrategias y detalladas campañas de mercadeo para convertirlos en éxitos:...

Locales

Personas no videntes de diversas edades participaron hoy en la capital santiagueña de una capacitación teórica y práctica para aprender básquet que dio el...

Economía

Quis autem vel eum iure reprehenderit qui in ea voluptate velit esse quam nihil molestiae consequatur, vel illum qui dolorem eum fugiat.

Economía

El Gobierno nacional dispuso hoy ampliar al 100% la bonificación para el pago de Tasas General por Uso de Puerto, para los buques y...

Copyright © 2021 Lo Que Importa.